Regulación y tarifas.

1. ¿Quién, Cuándo, Cuánto?

2. Regulación

Ley 769 del 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre, artículo 28:

"Para que un vehículo pueda transitar por el territorio nacional, debe garantizar como mínimo el perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y del sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos y cumplir con las normas de emisión de gases que establezcan las autoridades ambientales."

Decreto 19 de 2012, "ley antitrámites", artículo 202 (que modifica el artículo 52 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 12 de la ley 1383 de 2010):

"Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del 6to año contado a partir de la fecha de su matrícula.
Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir 2 años contados a partir de su fecha de matrícula.
Los vehículos de placas extranjeras que ingresen temporalmente y hasta por 3 meses al país, no requerirán la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes."

En cumplimiento al artículo 3, de la Resolución Número 0003318 de fecha 14 de Septiembre de 2015, relacionamos a continuación la tabla de precios y valores de terceros a cobrar a partir del 14 DE ENERO DE 2016 expresados en salarios mínimos legales vigentes del CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR LA 79 LTDA., NIT 900172447-0, ubicado en la Carrera 46 # 79–29 en la ciudad de Barranquilla, para su respectivo trámite.

TIPO DE VEHÍCULO TARIFA INFERIOR
MOTOCICLETAS 3.06
LIVIANOS 4.97

3. RTMyEC: REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES

La revisión técnico-mecánica es un medio establecido por el Estado para controlar el estado mecánico y de emisión de contaminantes de los vehículos que transiten por el territorio nacional, con el fin de garantizar la seguridad vial y la preservación del medio ambiente. El logro de este objetivo se pretende conseguir, mediante la detección de defectos y medición de parámetros específicos de funcionamiento de los automotores. Como resultado de estos procesos de detección y medición y la categorización de los mismos, se podrá determinar la viabilidad de la circulación del vehículo automotor.

Los defectos y parámetros específicos que han de ser verificados en los automotores son:

  • Durante la revisión del vehículo se verificará su identificación con lo señalado en los documentos oficiales.
  • El alcance de la revisión es el definido en la Norma 5375 y tiene que ver con la presencia o no de defectos en los sistemas automotrices del vehículo. Dichos defectos se categorizan como aquellos que de manera grave o potencial pueden afectar la seguridad vial y el medio ambiente.
  • La calificación de los defectos ha sido igualmente definida en la NTC 5375 y como se mencionó en el párrafo anterior, han sido categorizados como graves (Tipo A) y de riesgo potencial (Tipo B). La manera de determinación del resultado final de la revisión técnico-mecánica igualmente ha quedado explícita en la NTC 5375 y la decisión de rechazo o aprobación ha quedado sujeta a la verificación de la existencia de defectos graves o un determinado número de defectos de riesgo potencial.
  • El procedimiento con el cual se verificará la existencia de los defectos o el cumplimiento de los límites presentados en la NTC 5375, se realizará mediante una inspección visual (o más bien sensorial) y una mecanizada, con la que se medirán parámetros específicos y se verificará el cumplimiento o no de aquellos establecidos por la Norma o el Estado (este es el caso de las emisiones contaminantes, tanto de gases como de ruido). Los procesos de inspección definidos dejan claro que de cualquier manera no se efectuará desmontaje alguno de los elementos y piezas del vehículo, y que su estado se comprobará a través de determinadas propiedades y funciones, sin realizar controles internos para establecer las causas de los defectos.